NORMAS LEGALES

Ley 32684: modifican el Código Penal y el Código de Ejecución Penal en materia de extorsión e ingreso y posesión indebida de equipos de comunicación

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La Ley 32684 modificó el Código Penal, el Código de Ejecución Penal y el Decreto Legislativo 1688 con el objetivo de fortalecer la lucha contra la criminalidad organizada en establecimientos penitenciarios y centros juveniles.

La norma endurece las penas por el ingreso, posesión y uso indebido de equipos de comunicación, así como por la utilización de servicios de telecomunicaciones para cometer delitos desde los centros de reclusión.

Entre los principales cambios, se incorpora como agravante del delito de extorsión el uso de los servicios autorizados de telefonía de los establecimientos penitenciarios para cometer amenazas o exigir beneficios ilícitos.

Además, se incrementan las sanciones para quienes ingresen o faciliten el ingreso de teléfonos celularesequipos de comunicaciónfotografía o filmación, así como para las personas privadas de libertad que posean, utilicen o empleen estos dispositivos para delinquir desde los penales o centros juveniles.

La ley también dispone que las comunicaciones de los internos solo podrán realizarse a través de los medios autorizados y establece que, durante los operativos en establecimientos penitenciarios, la Policía Nacional y el INPE podrán incautar equipos celulares sin acceder a su contenido, el cual solo podrá ser revisado con autorización judicial.

Asimismo, faculta al INPE, en coordinación con la Policía y con apoyo técnico de las empresas operadoras de telecomunicaciones, a implementar medidas para detectar y neutralizar comunicaciones ilegales cuando existan indicios de la comisión de delitos graves.

[LEY Nº 32684…]

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