CORTE SUPREMA

CASACIÓN N.º 764-2022/TACNA: Responsabilidad civil con absolución penal en casos de dinero no declarado

Interpretación del artículo 12.3 del CPP y reconocimiento de la responsabilidad civil autónoma en casos de ingreso clandestino y no declarado de divisas.

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La Corte Suprema estableció un criterio relevante sobre la autonomía de la responsabilidad civil en el proceso penal. En este caso, pese a que los acusados fueron absueltos del delito de lavado de activos por no haberse acreditado la existencia de un delito previo, el Tribunal determinó que ello no impide la imposición de reparación civil cuando la conducta es antijurídica, genera un daño al Estado y cumple con los elementos propios de la responsabilidad civil.

Los hechos acreditaron que los procesados intentaron ingresar clandestinamente USD 140,000 al país sin declararlo ni justificar su procedencia, infringiendo normas aduaneras y tributarias. La Corte precisó que el dinero, aunque no ligado a actividad criminal previa, sí era ilegal administrativamente, pues no se demostró su origen lícito ni se cumplió con las obligaciones formales de declaración.

En consecuencia, la sentencia explica que la multa impuesta por SUNAT no excluye la posibilidad de fijar reparación civil, ya que la sanción administrativa no sustituye la obligación resarcitoria derivada del daño causado al Estado. Conforme al artículo 12.3 del Código Procesal Penal, es posible declarar responsabilidad civil incluso en casos de absolución penal, siempre que la acción civil haya sido ejercida válidamente y concurran sus cuatro elementos: antijuridicidad, daño, causalidad y factor de atribución (dolo o culpa).

La Corte Suprema casó la sentencia de vista y ordenó que, en nueva audiencia, se determine el monto de la reparación civil correspondiente. Este pronunciamiento consolida un importante precedente respecto al alcance de la responsabilidad civil autónoma, reforzando el deber del Estado de resarcir los daños ocasionados por conductas ilícitas, aun cuando no configuren responsabilidad penal.

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