El Poder Ejecutivo publicó la Ley N° 32228 que modifica el Código Civil (Decreto Legislativo N° 295) para incluir los principios generales aplicables a los procesos en materia de familia.
Según la norma aprobada por el Congreso de la República, dichos procesos deberán respetar los principios de oralidad, tutela judicial efectiva, inmediación, buena fe, lealtad procesal y oficiosidad.
En los casos que involucren derechos de niñas, niños y adolescentes, los jueces estarán obligados a evaluar los hechos y circunstancias bajo un enfoque que priorice la vulnerabilidad de la persona durante las etapas de infancia y adolescencia. Además, deberán garantizar en todo momento el interés superior del menor y su derecho a participar activamente en los procesos que los afecten.
Como resultado, se incorpora al Código Civil el artículo 233-A, denominado Principios generales de los procesos de familia.