Política

Ley N° 32135 Ley de reforma constitucional que incorpora la disposición transitoria especial cuarta en la Constitución Política del Perú para autorizar excepcionalmente la elaboración y aprobación de reglamentos

El Congreso de la República será el encargado de redactar y aprobar los reglamentos para el sistema bicameral que regirá desde el 2026.

Compartir en Facebook
Visitar TikTok
Visitar Instagram
Compartir en X
Compartir en LinkedIn
Compartir en WhatsApp
Compartir por Gmail

De acuerdo con la norma, aprobada por el Congreso de la República, mediante dicha disposición transitoria especial se autoriza, excepcionalmente, al Congreso de la República del Periodo Parlamentario 2021-2026 la elaboración y aprobación del Reglamento del Congreso de la República, del Reglamento del Senado y del Reglamento de la Cámara de Diputados que se implementarán en el marco de lo dispuesto por la Ley N°31988, Ley de Reforma Constitucional que Restablece la Bicameralidad en el Congreso de la República del Perú.

Ello no impedirá que el Senado, la Cámara de Diputados y el Congreso de la República aprueben reformas parciales o totales a sus respectivos reglamentos, conforme a sus atribuciones constitucionales.

En ese contexto, se deroga la disposición transitoria especial tercera de la Constitución Política del Perú

[NORMA LEGAL…]

es_ESESP
Abrir chat
Hola, ¿En qué podemos ayudarte?