NORMAS LEGALES

Ley N.º 32386: Régimen Excepcional para la Lucha Contra la Criminalidad y la Inseguridad Ciudadana

Medidas urgentes de fortalecimiento institucional, flexibilización presupuestal y reorganización operativa del Ministerio del Interior, con enfoque en resultados, control concurrente y respeto a los derechos fundamentales.

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La Ley N.º 32386 establece un régimen legal temporal y excepcional que habilita al Estado —especialmente al Ministerio del Interior (MININTER)— a actuar con mayor rapidez y eficacia frente al incremento de la inseguridad ciudadana y la criminalidad organizada. Para ello, introduce herramientas presupuestales, contractuales y organizativas extraordinarias.

Objeto de la ley

La presente ley tiene como finalidad implementar medidas extraordinarias de fortalecimiento institucional y modernización operativa para una lucha efectiva contra la criminalidad, garantizando la seguridad ciudadana con un enfoque en resultados medibles, coordinación multisectorial y pleno respeto de los derechos fundamentales.

Disposiciones centrales

1. Exoneraciones presupuestarias para el MININTER (Art. 2)
Se exime temporalmente al Ministerio del Interior de las restricciones establecidas en la Ley de Presupuesto del Sector Público (Ley N.º 32185) y en el Decreto Legislativo N.º 1440. Esto permite la reasignación ágil de recursos exclusivamente al Programa Presupuestal 0030: “Reducción de delitos y faltas”, dentro del contexto del estado de emergencia por inseguridad.

2. Contratación directa sin procedimiento competitivo (Art. 3)
Durante la vigencia del estado de emergencia, se autoriza al Ministerio del Interior y a los gobiernos regionales y locales a contratar bienes y servicios sin concurso público, con el fin de ejecutar acciones inmediatas contra la criminalidad. Esta disposición se enmarca en las excepciones previstas por la Ley General de Contrataciones Públicas (Ley N.º 32069).

3. Entrega económica extraordinaria al personal policial (Art. 4)
Se mantiene, hasta el término del año fiscal 2025, la facultad del MININTER para otorgar bonificaciones por patrullaje e investigaciones realizadas de forma voluntaria por efectivos policiales, sin requerir la previsión específica establecida en el artículo 6 de la Ley de Presupuesto 2025.

4. Transferencias intergubernamentales al MININTER (Art. 5)
Los gobiernos regionales y locales quedan autorizados a transferir recursos al Ministerio del Interior, previa suscripción de un convenio y acuerdo del concejo municipal o consejo regional, para financiar productos, actividades o proyectos del Programa Presupuestal 0030.

5. Control concurrente de la Contraloría General de la República (Art. 6)
La Contraloría ejercerá control preventivo y simultáneo sobre las adquisiciones realizadas por el MININTER y los gobiernos subnacionales en el marco de esta ley, garantizando la legalidad, eficiencia y transparencia en el uso de los recursos públicos.

6. Reestructuración del MININTER y la Policía Nacional del Perú (Art. 7)
En un plazo de 90 días hábiles, la Secretaría General del Ministerio del Interior y la Secretaría Ejecutiva de la PNP deberán elaborar una propuesta de reorganización institucional, basada en una evaluación situacional integral del sector Interior.

Vigencia y disposiciones finales

  • Vigencia general: 180 días calendario desde la entrada en vigor de la ley.
  • Excepción: El artículo 4, referido a la bonificación policial, estará vigente hasta el 31 de diciembre de 2025.
  • Se autoriza la realización de modificaciones presupuestarias internas, así como asignaciones adicionales por parte del MEF, exclusivamente para los fines previstos en esta ley.

Acción estatal urgente

La Ley N.º 32386 constituye una respuesta legislativa de emergencia ante el agravamiento de la inseguridad ciudadana. Refuerza las capacidades del Ministerio del Interior mediante:

  • Flexibilización presupuestal,
  • Agilización de procesos de contratación,
  • Incentivos operativos para el personal policial,
  • Coordinación financiera entre los distintos niveles de gobierno,
  • Y control preventivo por parte de la Contraloría.

Este marco excepcional refleja una intervención estatal ágil, descentralizada y orientada a resultados, con enfoque tuitivo, que busca enfrentar la criminalidad de manera inmediata sin dejar de observar los principios de legalidad, transparencia y control.

[LEY N.° 32386…]

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