DECRETO SUPREMO Nº 084-2025-PCM

Tu posgrado, financiado por el Estado: conoce el nuevo Crédito-Beca de la PCM.

Nueva normativa establece lineamientos para financiar estudios de posgrado y mejorar la calidad de los servicios en el Estado

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La Presidencia del Consejo de Ministros (PCM) aprobó las Disposiciones reglamentarias y complementarias para la implementación y funcionamiento del Programa Piloto de Crédito-Beca, con el objetivo de viabilizar el financiamiento de estudios de posgrado para profesionales que laboran en entidades del Estado. Esta medida busca fortalecer sus capacidades y especialización, contribuyendo así a la mejora de los servicios públicos.

De acuerdo con el Decreto Supremo N.º 084-2025-PCM, podrán acceder al beneficio los servidores públicos que laboren bajo cualquier modalidad de contratación, siempre que cumplan con los requisitos establecidos en la Nonagésima Segunda Disposición Complementaria Final de la Ley N.º 29812, así como con las condiciones detalladas en la norma y el manual operativo correspondiente.

Administración del Programa

Las disposiciones establecen que el Programa Piloto de Crédito-Beca estará a cargo de la Autoridad Nacional del Servicio Civil (Servir) y será administrado a través de la Escuela Nacional de Administración Pública (ENAP).

En ese marco, la ENAP estará facultada para suscribir convenios y contratos necesarios para el otorgamiento del crédito-beca, así como para coordinar con las distintas unidades de Servir las acciones destinadas a la recuperación de créditos vencidos y la ejecución de garantías.

Asimismo, deberá ejecutar las acciones necesarias para el adecuado funcionamiento del programa y promover la participación del sector privado, así como de instituciones nacionales e internacionales, a fin de ampliar la cobertura y el financiamiento del beneficio mediante donaciones y cooperación técnica no reembolsable, en coordinación con el Ministerio de Relaciones Exteriores.

Servir determinará, a través del manual operativo, los roles específicos que corresponderán a las unidades de organización de la ENAP para el cumplimiento de estas funciones.

Características del Crédito-Beca

El programa constituye un mecanismo de apoyo estatal que consiste en un préstamo personal e intransferible, otorgado bajo las condiciones establecidas en la ley, las disposiciones reglamentarias y el manual operativo. Se contemplan dos modalidades:

  • Hatariq Perú: orientado a financiar estudios de posgrado de profesionales que prestan servicios en entidades del Estado bajo cualquier modalidad de contratación, sin restricción respecto a su nivel de remuneración u honorario mensual.
  • Kallpachaq Perú: dirigido a profesionales con buen rendimiento académico, cuya remuneración u honorario mensual no supere el monto máximo establecido por Servir.

El monto máximo financiable será:

  • Para Hatariq Perú: hasta el equivalente en moneda nacional de 50,000 dólares estadounidenses por año de estudios.
  • Para Kallpachaq Perú: hasta 50,000 soles por posgrado.

Requisitos para la Postulación

Modalidad Hatariq Perú:

  • Nacionalidad peruana.
  • Prestación de servicios en entidades públicas durante al menos dos años consecutivos o cuatro años acumulados, bajo cualquier modalidad contractual.
  • Constancia de admisión a un programa de posgrado en un área de estudio elegible, que no haya iniciado al momento de la postulación. También se admiten cartas de admisión condicionada (por idioma, cursos previos o nivelación).
  • Grado académico de bachiller, conforme a la normativa vigente.
  • Acreditación de capacidad de pago suficiente para garantizar la devolución del crédito, según lo definido en el manual operativo.
  • Clasificación normal en el sistema crediticio de la SBS, durante el periodo que establezca Servir, lo cual deberá sustentarse mediante reporte crediticio.

Modalidad Kallpachaq Perú:

  • Cumplir todos los requisitos antes mencionados.
  • Acreditar que su remuneración u honorario mensual no supera el monto máximo fijado por Servir.
  • Haber obtenido un buen promedio ponderado en el último grado académico, según el rendimiento académico mínimo establecido por Servir en cada convocatoria.

Obligaciones del Prestatario

El beneficiario del crédito-beca deberá:

  • Culminar el programa de posgrado dentro del plazo establecido en el contrato.
  • Presentar, al finalizar cada periodo académico, los documentos que acrediten su rendimiento académico.
  • Obtener el grado correspondiente dentro del plazo contractual.
  • Entregar a Servir toda la información y documentación que se le requiera, la cual deberá ser veraz y debidamente sustentada.

Esta documentación incluirá:

  • Datos académicos (cronograma, sistema de evaluación de la universidad, información del coordinador académico).
  • Información laboral actualizada.
  • Información de contacto y demás datos personales registrados en el contrato.

Además, deberá cumplir con el pago puntual de las cuotas del crédito más los intereses e impuestos aplicables. No se considerará incumplimiento el pago realizado dentro de los cinco días posteriores a la fecha de vencimiento establecida en el cronograma, aunque este quedará sujeto al cobro de intereses moratorios correspondientes.

[DECRETO SUPREMO Nº 084-2025-PCM…]

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